DENUNCIA GRAVE VULNERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL LONKO FACUNDO JONES HUALA, AUTORIDAD ANCESTRAL DE NUESTRO PUEBLO NACIÓN MAPUCHE WALLMAPU, PRESO POLITICO MAPUCHE
A la atención de:
AUTORIDADES DEL ESTADO ARGENTINO TRIBUNALES SUPERIORES DE LA JUSTICIA ,EMBAJADAS.
De:
FLOR CALFUNAO PAILLALEF APO WERKEN-EMBAJADORA MISION PERMANETE MAPUCHE ANTE LA (ONU)
Referencia:
DENUNCIA GRAVE VULNERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL LONKO FACUNDO JONES HUALA, AUTORIDAD ANCESTRAL DE NUESTRO PUEBLO NACIÓN MAPUCHE WALLMAPU PRESO POLITICO MAPUCHE.
Fecha:
02 de junio de 2026

En mi calidad de Apo Werken-Embajadora hago un llamamiento enérgico a las autoridades competentes que mantienen subordinado al Pueblo Nación Mapuche en Puelmapu y encarcelado al Lonko FACUNDO JONES HUALA sin causa ni juicio previo.
LOS HECHOS:
En junio de 2025, el juez de Bariloche Ezequiel Andreani dictó la prisión preventiva al lonko Facundo Jones Huala, por sus palabras en la presentación de su libro de poesía, sentenciando su traslado a la Unidad 6 de Rawson (cárcel de alta seguridad) ubicada a más de mil kilómetros de Esquel, su territorio de origen.
– Tras 11 meses de prisión preventiva y sin acusación formal ni condena, elevó una denuncia escrita dirigida al Juzgado Federal de Bariloche, al Jefe de Unidad de Rawson, al Poder Ejecutivo y a quien corresponda, por las graves condiciones carcelarias en que se encuentra y la vulneración constante de sus derechos como miembro del pueblo Nación Mapuche, razón por la que iniciaba una huelga de hambre líquida, a partir del pasado 27 de abril de 2026
– La Dirección de la cárcel, no envió el texto de la denuncia al juzgado, como le correspondía hacerlo, sin embargo, y al momento de anunciar la huelga de hambre, tanto el Jefe de turno y personal del Penal, ejercieron maltrato y discriminación, negándoles los derechos mínimos que le corresponden, requisando constantemente su celda, destruyendo su lawen con especial ensañamiento, entre otros.
– Ante la nula respuesta a sus demandas de traslado a la Unidad 14 de Esquel, para estar más cerca de su cultura, su comunidad y de sus familiares, así como el recrudecimiento de sus condiciones carcelarias, la vulneración a sus derechos humanos, culturales, espirituales y políticos como autoridad ancestral del pueblo mapuche, el Lonko Facundo Jones Huala PPM, inicia huelga de hambre seca el 30 de mayo de 2026 profundizando la medida que venía sosteniendo hasta la fecha.
– Por decisión política del Ministerio de Seguridad de la Nación Argentina, le fue rechazada la solicitud de traslado a la U14 de Esquel “Fue en la audiencia en la que el Juez Federal Gustavo Zapata dictó una nueva prórroga de 90 días (tres meses) de su prisión preventiva, por la que permanece desde hace casi un año alojado en una cárcel de máxima seguridad de Rawson, en Chubut, además de rechazar nuevamente su pedido de traslado a una cárcel de seguridad de Esquel. La decisión se dio en el marco de un planteo para endurecer los cargos contra Jones Huala por parte del Ministerio Público Fiscal.”
– Cabe destacar que el lonko Facundo Jones Huala, autoridad tradicional del Pueblo Nación Mapuche-Puelmapu (Argentina), está siendo investigado y no está condenado, que si fuera una persona no Mapuche estaría libre hasta que se tengan pruebas de la acusación.
En un contexto de creciente preocupación por el estado de salud del lonko Facundo Jones Huala, dado que se pondrá con riesgo vital por la falta de electrolitos, una falla renal, paro cardíaco, entre otros, puesto que lleva en su cuerpo las secuelas de otras huelgas de hambre y que este penal no cuenta con médicos necesarios para una huelga de esta índole, se requiere una respuesta urgente de las autoridades judiciales, penitenciarias y gubernamentales competentes.
Solicitamos a las autoridades competentes y a los organismos de derechos que preste atención urgente a esta situación y adopten las medidas necesarias para resguardar los derechos fundamentales de nuestra autoridad ancestral Mapuche y que se respeten sus derechos humanos, su integridad física y su vida.
La situación que enfrenta el lonko Facundo Jones Huala constituye una transgresión a principios y normas reconocidas por el Derecho Nacional e Internacional, entre ellos:
• El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Argentina mediante la Ley 24.071, que obliga al Estado a garantizar el respeto a la integridad física, cultural y espiritual de los pueblos indígenas y a adoptar medidas especiales para proteger sus derechos, instituciones y formas de vida.
• La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que reconoce el derecho de los pueblos indígenas a conservar y fortalecer sus instituciones políticas, jurídicas, culturales y espirituales, así como a no ser objeto de discriminación.
• Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las personas privadas de libertad (Reglas Mandela), que establecen la obligación de proteger la salud, la dignidad y la integridad de las personas privadas de libertad, garantizando acceso a atención médica adecuada e independiente.
• La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), especialmente su artículo 5, que establece que toda persona tiene derecho al respeto de su integridad física, psíquica y moral, y que toda persona privada de libertad debe ser tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
• La Constitución Nacional Argentina, en su artículo 75 inciso 17, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y garantiza el respeto de su identidad y de sus derechos colectivos.
• La Ley 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes, que reconoce la obligación estatal de promover condiciones compatibles con las particularidades culturales de los pueblos originarios.
Frente a esta situación, responsabilizamos al Estado argentino por cualquier agravamiento de la salud o de la integridad física y psicológica del lonko Facundo Jones Huala
Por la vida, la dignidad y los derechos de nuestra Nación Mapuche, Wallmapu, territorio usurpado- anexado por los estados de Argentina y Chile.
Flor Calfunao Paillalef
Apo Werken- Embajadora